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Curso de PRL de 60 horas · Módulo 13

Módulo 13. Ergonomía, organización y emergencias a fondo

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Módulo 13 de 18

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En el módulo 5 viste qué es la carga de trabajo y en el módulo 6, qué hacer en una emergencia. Este módulo va un paso más allá. Verás cómo se evalúan de verdad las posturas, las cargas y los gestos repetidos, cómo se organizan los turnos y la prevención del estrés y del acoso, cómo se elige y se usa un extintor, y qué es un plan de autoprotección en los centros con más riesgo.

Con el nivel básico no harás estas evaluaciones tú solo: las hace un técnico. Pero sí puedes colaborar en ellas, dar los datos que hacen falta y comprobar que las medidas se aplican (artículo 35.1 del Reglamento de los Servicios de Prevención) [1].

1. Evaluar posturas, cargas y movimientos repetitivos

La empresa debe evaluar todos los riesgos que no ha podido evitar y adaptar el trabajo a la persona: el puesto, los equipos y los métodos [2]. Para los riesgos de la carga física no basta con mirar el puesto "a ojo". Se usan métodos de evaluación: formas ordenadas de observar la tarea, medir algunos datos y sacar una conclusión sobre si el riesgo se tolera o hay que actuar.

Cargas: cada tipo de manipulación, su método

La guía técnica del INSST de 2024 sobre cargas cambió el enfoque. Antes se usaba casi siempre un único método, que solo servía para levantar o dejar un objeto. Ahora la guía explica que cada tipo de manipulación necesita su propio método [3]:

  • Levantar, transportar y dejar: por ejemplo, la ecuación de NIOSH, las tablas de Snook y Ciriello o la norma ISO 11228-1. La norma ISO 11228-1 se aplica a objetos de 3 kg o más [3].
  • Empujar y arrastrar: un carro, una transpaleta manual, un contenedor. Los métodos de levantamiento no sirven aquí [3].
  • Mover personas: en residencias y hospitales, con métodos propios que tienen en cuenta, además, cuánto colabora la persona [3].

Todos los métodos miran los factores que ya conoces del módulo 5: la carga, el esfuerzo, el sitio, las exigencias de la tarea y la persona [3] [4]. En la práctica, el técnico apunta datos como estos:

  • el peso de la carga y si se puede agarrar bien;
  • la distancia entre la carga y el cuerpo;
  • la altura a la que se coge y a la que se deja, y cuánto se sube o se baja;
  • si hay que girar el tronco;
  • cuántas veces se repite y durante cuánto tiempo;
  • el sitio: espacio, suelo, escalones, calor o frío.

Hay casos que piden un análisis especial. Por ejemplo, mover cargas sentado, porque no puedes usar las piernas, o el trabajo de una mujer embarazada, para el que el INSST propone un método propio (NTP 785, Ergomater) [3].

Posturas: cuánto tiempo y en qué ángulo

Para las posturas hay métodos de observación. La NTP 452 del INSST describe y compara algunos de los más usados, como OWAS y RULA [5]. La NTP 601 explica el método REBA, que valora el cuerpo entero [6].

Todos siguen la misma idea. El técnico observa la tarea, a veces con fotos o vídeo, y puntúa la postura del tronco, el cuello, los brazos, las muñecas y las piernas. También tiene en cuenta la fuerza y el agarre. Con la puntuación sabe si la postura es aceptable o si hay que cambiarla, y con qué urgencia [5] [6].

Movimientos repetitivos: el método OCRA

Para los gestos que se repiten muchas veces, la NTP 629 del INSST explica el método OCRA y su lista de comprobación. Valora estos factores de cada tarea repetitiva [7]:

  • Pausas: si el trabajo se interrumpe con descansos o con otras tareas distintas.
  • Frecuencia: cuántas veces por minuto se mueven los brazos.
  • Fuerza: si hay que apretar, empujar o tirar con las manos o los brazos de forma repetida.
  • Postura: posiciones forzadas de los brazos, los codos y las muñecas.
  • Factores complementarios: guantes poco adecuados para la tarea, herramientas que vibran o que se clavan en la piel, tareas de mucha precisión o un ritmo que marca la máquina.

La puntuación de cada tarea se combina con el tiempo que ocupa en el turno. Por eso, alternar tareas repetitivas con otras que no lo son baja el riesgo [7].

Lo que aportas tú

La evaluación sale mejor si los trabajadores participan. Tú conoces detalles que el técnico no ve en una visita: el pedido grande de los lunes, la estantería que siempre está llena, la máquina que se atasca y obliga a forzar la postura. Con el nivel básico puedes colaborar en la evaluación, atender las quejas de tus compañeros y registrar datos (artículo 35.1.d del Reglamento) [1].

Ejemplo. Rosa trabaja en una lavandería industrial. Dobla toallas durante casi todo el turno y por la tarde le duelen los hombros. El técnico del servicio de prevención aplica la lista OCRA: muchos movimientos por minuto, brazos levantados y pocas pausas. Rosa le cuenta que los viernes llega el doble de ropa. Con esos datos, la empresa sube la mesa de doblado, organiza rotaciones cada hora con la tarea de carga de máquinas y refuerza el turno de los viernes.

Actividad: observa una tarea

Elige una tarea de tu puesto que hagas a menudo. Durante cinco minutos, fíjate en esto:

  1. ¿Cuántas veces haces el mismo gesto en un minuto?
  2. ¿Levantas los brazos por encima de los hombros o doblas la muñeca?
  3. ¿Qué peso mueves y desde qué altura?
  4. ¿Hay pausas o cambias de tarea durante el turno?
  5. ¿Qué cambiarías para hacerlo con menos esfuerzo?

Si algo te parece un riesgo, coméntalo con el trabajador designado o con el servicio de prevención.

Recuerda

  • Las cargas, las posturas y los gestos repetidos se evalúan con métodos, no a ojo.
  • Cada tipo de manipulación tiene su método: levantar no es lo mismo que empujar un carro.
  • OCRA mira las pausas, la frecuencia, la fuerza, la postura y los factores complementarios.
  • Tu información sobre el día a día hace que la evaluación sea más real.

2. Turnos, trabajo de noche, estrés y acoso: cómo se previenen

Lo que dice la ley del trabajo nocturno y a turnos

El Estatuto de los Trabajadores fija estas reglas (artículo 36) [8]:

  • Trabajo nocturno es el que se hace entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana.
  • Trabajador nocturno es quien hace normalmente al menos 3 horas de su jornada diaria en ese horario, o se prevé que hará de noche al menos un tercio de su jornada anual.
  • La jornada de un trabajador nocturno no puede pasar de 8 horas diarias de media en un periodo de 15 días, y no puede hacer horas extraordinarias.
  • Antes de empezar a trabajar de noche, y después cada cierto tiempo, tiene derecho a una evaluación gratuita de su salud.
  • Si se le reconocen problemas de salud por trabajar de noche, tiene derecho a pasar a un puesto de día que exista en la empresa y para el que esté preparado.
  • En las empresas que trabajan las 24 horas, nadie debe estar en el turno de noche más de dos semanas seguidas, salvo que lo pida de forma voluntaria.
  • Quien trabaja de noche o a turnos debe tener un nivel de protección de su salud igual al de los demás.

Cómo se organizan bien los turnos

Trabajar de noche altera el sueño, la digestión y la vida familiar y social. La NTP 455 del INSST da estas recomendaciones para organizar los turnos [9]:

  • Que los turnos de noche y de tarde no sean más largos que los de mañana; mejor, más cortos.
  • Evitar los turnos de 12 horas, por la fatiga que provocan.
  • Que el turno de mañana no empiece demasiado pronto, para respetar el sueño.
  • Dejar descanso después del turno de noche.
  • Que las personas afectadas participen en la elección de los turnos, con información completa.
  • Publicar el calendario de turnos con antelación.
  • Dar una comida caliente y equilibrada, con sitio y tiempo para comer.
  • Tener una vigilancia de la salud que detecte a tiempo a quien no se adapta.

Ejemplo. En una panadería, Iker empieza a las 3 de la madrugada de lunes a sábado. Duerme mal y ha tenido dos cortes con la cortadora de pan en un mes. En el reconocimiento médico lo cuenta. La empresa le ofrece la evaluación de salud que pide la ley y reorganiza los turnos: dos semanas de madrugada como máximo, seguidas de dos de tarde, y un calendario que se conoce con un mes de antelación.

El estrés: se evalúa y se previene en la organización

Los riesgos psicosociales se evalúan como cualquier otro riesgo [2]. Para hacerlo, el INSST tiene un método, el F-Psico, explicado en la NTP 926 [10]. Con un cuestionario que responden los propios trabajadores se valoran aspectos como el tiempo de trabajo, la autonomía, la carga de trabajo, las exigencias psicológicas, la variedad y el contenido del trabajo, la participación y la supervisión, el interés por el trabajador, la claridad del papel de cada uno y las relaciones y el apoyo social.

La prevención del estrés se hace sobre todo en la organización, no solo en la persona:

  • repartir bien la carga y planificar los picos de trabajo;
  • dejar a cada uno cierto margen para organizar su tarea;
  • explicar con claridad qué se espera de cada puesto;
  • dar apoyo cuando hay problemas y reconocer el trabajo bien hecho.

El acoso: un protocolo antes de que pase

Todo trabajador tiene derecho a que se respete su intimidad y su dignidad, y a ser protegido frente al acoso [8]. Además, las empresas deben promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, también el que se hace por medios digitales. Para ello pueden poner en marcha medidas, que deben negociar con los representantes de los trabajadores, como códigos de buenas prácticas, campañas informativas o formación (artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007) [11].

Una herramienta clave es un procedimiento acordado antes de que surja un caso. Las NTP 891 y 892 del INSST proponen uno para resolver dentro de la empresa los conflictos de violencia en el trabajo. Lo organizan en cinco momentos: negociarlo y acordarlo, prevenir, detectar pronto las situaciones de riesgo, gestionar y resolver el conflicto, y dar respuestas de solución [12].

Un buen procedimiento te dice a quién acudir, cómo se investiga y qué pasa después. Si en tu empresa existe, búscalo. Si no existe, puedes proponerlo a través del delegado de prevención.

Ejemplo. En un centro de llamadas, varias teleoperadoras se quejan de un supervisor que las humilla delante del equipo cada semana. La empresa tiene un protocolo: las trabajadoras presentan la queja a la persona designada, que la investiga con reserva y escucha a todas las partes. Mientras tanto, el supervisor deja de dirigir ese equipo. Al final, la empresa toma medidas y revisa la evaluación de riesgos psicosociales del servicio.

Recuerda

  • Trabajo nocturno: de 10 de la noche a 6 de la mañana. Como máximo 8 horas de media, sin horas extraordinarias y con evaluación gratuita de la salud.
  • Turnos bien hechos: noches no más largas, sin turnos de 12 horas, calendario conocido y descanso tras la noche.
  • El estrés se previene cambiando la organización. Se evalúa con métodos como F-Psico.
  • Frente al acoso, un procedimiento acordado antes de que ocurra.

3. Clases de fuego y uso del extintor

Las clases de fuego

No todos los fuegos se apagan igual. El Reglamento de instalaciones de protección contra incendios recoge cinco clases de fuego, según la norma UNE-EN 2 [13]:

Clase Qué arde Ejemplos
A Sólidos que hacen brasas Papel, cartón, madera, tela
B Líquidos o sólidos que se funden Gasolina, disolventes, plásticos
C Gases Butano, propano, gas natural
D Metales Magnesio, aluminio en polvo
F Aceites y grasas de cocinar en aparatos de cocina Aceite de una freidora

Cada extintor indica en su etiqueta las clases de fuego para las que sirve. El agente extintor tiene que ser el adecuado para la clase de fuego que se puede producir en cada zona [13] [14].

El agua y la electricidad

En presencia de corriente eléctrica no se deben usar el agua a chorro ni la espuma: conducen la electricidad [14]. Si arde un aparato eléctrico, lo primero es cortar la corriente, si puedes hacerlo sin peligro. Después, usa un extintor que sirva para equipos con tensión, como el de dióxido de carbono (CO₂) o uno de polvo. Mira siempre la etiqueta.

El extintor de CO₂ sale muy frío. Cógelo por la boquilla aislante y no lo dirijas nunca hacia las personas [14].

Cómo se usa un extintor portátil

La NTP 536 del INSST describe estos pasos [14]:

  1. Descuelga el extintor por el asa fija y déjalo en el suelo, en posición vertical.
  2. Comprueba que la boquilla y la válvula no apuntan hacia ti.
  3. Quita el pasador de seguridad tirando de la anilla.
  4. Acércate al fuego, dejando al menos un metro de distancia. Al aire libre, acércate a favor del viento, con el viento a tu espalda.
  5. Aprieta la maneta y haz una pequeña descarga de prueba.
  6. Dirige el chorro a la base de las llamas, no a la parte de arriba.
  7. Si arde un líquido, haz un barrido horizontal y avanza poco a poco desde los bordes, sin que el chorro esparza el líquido encendido.

Recuerda lo que viste en el módulo 6: primero se da la alarma, y solo intentas apagar un fuego pequeño si sabes usar el extintor y tienes la salida a tu espalda. Si no se apaga enseguida, sal y cierra la puerta.

El extintor también se revisa

Un extintor que no funciona da una falsa sensación de seguridad. El Reglamento de instalaciones de protección contra incendios fija estas revisiones [13]:

  • Cada tres meses: las puede hacer el propio personal de la empresa. Se comprueba que el extintor está en su sitio, sin daños, visible y señalizado; que nada impide cogerlo; que las instrucciones se leen; que el indicador de presión está en su zona de funcionamiento; que no falta ni está roto el precinto, y que no se ha usado.
  • Cada año: una empresa mantenedora hace el mantenimiento y pone su etiqueta en el extintor.
  • Cada cinco años: una prueba de presión (el retimbrado), hasta tres veces desde la fecha de timbrado.

Además, los extintores deben estar en sitios visibles y fáciles de coger, cerca de donde es más probable que empiece un fuego. La parte de arriba, entre 80 y 120 cm del suelo. Y desde cualquier punto del sector de incendio en el que empiece una evacuación no debe haber más de 15 metros de recorrido hasta uno [13].

Ejemplo. Lucía es la trabajadora designada de un restaurante. En su revisión trimestral ve que el extintor de la cocina tiene la aguja de la presión fuera de su zona de funcionamiento y que alguien ha dejado cajas delante del de la sala. Quita las cajas, avisa al encargado y pide a la empresa mantenedora que revise el de la cocina. Aprovecha para comprobar que, junto a la freidora, hay un extintor indicado para la clase F.

Recuerda

  • Clases de fuego: A sólidos, B líquidos, C gases, D metales y F aceites de cocina.
  • Con corriente eléctrica, nada de agua a chorro ni espuma.
  • Extintor: pasador fuera, prueba, un metro de distancia, viento a la espalda y chorro a la base de las llamas.
  • Revisión cada tres meses, mantenimiento cada año y prueba de presión cada cinco años.

4. Plan de autoprotección y accidentes graves

Qué centros necesitan un plan de autoprotección

Todas las empresas deben tener medidas de emergencia (módulo 6) [2]. Algunas actividades, además, necesitan un plan de autoprotección completo, según la Norma Básica de Autoprotección [15]. Son, entre otras:

  • las industrias con sustancias peligrosas por encima de ciertas cantidades, o que almacenan muchos productos químicos;
  • los edificios con 2.000 personas o más de ocupación, o con una altura de evacuación de 28 metros o más, como los centros docentes, los hoteles, las oficinas o los comercios grandes;
  • los hospitales con 200 camas o más;
  • las residencias y centros de día de personas mayores o con discapacidad, y otros centros con personas que no pueden evacuar por sí mismas, si son 100 o más.

Qué es y qué contiene

El plan de autoprotección es el documento que organiza cómo prevenir y controlar los riesgos de un centro y cómo responder a una emergencia, coordinado con la protección civil pública [15]. Lo redacta y lo firma un técnico competente, y también el titular de la actividad [15].

Su contenido mínimo tiene nueve capítulos: quién es el titular y dónde está el centro; qué actividad se hace; qué riesgos hay; qué medios de protección existen; cómo se mantienen; el plan de actuación ante emergencias; cómo encaja en los planes públicos; cómo se implanta, y cómo se mantiene al día [15].

El plan de actuación ante emergencias debe garantizar, como mínimo [15]:

  • la detección y la alerta;
  • la alarma;
  • la intervención coordinada;
  • el refugio, la evacuación y el socorro;
  • la información a todas las personas que puedan estar en peligro;
  • la petición y la recepción de la ayuda externa.

Además, el plan nombra a una persona responsable única, con autoridad, que dirige la actuación en emergencias. Esa persona declara la emergencia, avisa a protección civil, informa al personal y toma las primeras medidas [15].

Cómo se mantiene vivo

  • Formación teórica y práctica del personal que tiene un papel en el plan, e información a todo el personal [15].
  • Simulacros, como mínimo una vez al año, evaluando los resultados [15].
  • Revisión del plan, como mínimo cada tres años [15].
  • Los datos del plan se inscriben en un registro de la comunidad autónoma [15].

Los accidentes graves con sustancias peligrosas

Algunas industrias químicas, refinerías o grandes almacenes de productos peligrosos pueden sufrir un accidente grave: una fuga, un vertido, un incendio o una explosión importantes, por un proceso que se sale de control, que ponen en grave peligro a las personas, los bienes o el medio ambiente, dentro o fuera del centro [16]. El anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención incluye las actividades con productos químicos de alto riesgo sujetas a la norma de accidentes mayores. Quien hace funciones de nivel básico en ellas necesita el programa de 50 horas [1].

La norma de accidentes graves pide [16]:

  • clasificar los establecimientos en nivel inferior o nivel superior, según la cantidad de sustancias peligrosas;
  • que todos tengan un plan de emergencia interior o de autoprotección, elaborado consultando al personal, también al de las empresas subcontratadas, y revisado al menos cada tres años;
  • que la empresa titular informe del plan a las contratas y a los autónomos que trabajan dentro;
  • para los de nivel superior, un plan de emergencia exterior que hace la comunidad autónoma, con las medidas para proteger a la población de alrededor.

En estos planes es frecuente la orden de confinamiento: quedarse dentro, cerrar puertas y ventanas y esperar instrucciones, porque salir puede ser más peligroso que quedarse.

Ejemplo. Óscar es mecánico de una contrata que trabaja dentro de una planta química de nivel superior. El primer día, la planta le explica su plan de emergencia interior: cómo suenan las alarmas de evacuación y de confinamiento, dónde están los puntos de reunión y qué hacer si hay una fuga. En el simulacro anual, Óscar participa como uno más. Sabe que, si oye la señal de confinamiento, debe entrar en el edificio más cercano y no salir a buscar su furgoneta.

Recuerda

  • Los centros grandes o peligrosos necesitan un plan de autoprotección, firmado por un técnico competente.
  • El plan garantiza detección, alarma, intervención, evacuación, información y ayuda externa.
  • Simulacro al menos una vez al año y revisión al menos cada tres años.
  • En las industrias con sustancias peligrosas hay planes de emergencia interior y, en las de nivel superior, también exterior.

Autoevaluación

  1. ¿Sirve el mismo método para evaluar el levantamiento de cajas y el empuje de un carro?
  2. ¿Qué cinco factores valora la lista de comprobación OCRA?
  3. Trabajas de noche de forma habitual. ¿Puedes hacer horas extraordinarias?
  4. En la cocina se prende aceite en una freidora. ¿Qué clase de fuego es?
  5. ¿Cada cuánto debe hacerse un simulacro en un centro con plan de autoprotección?

Respuestas

  1. No. La guía técnica del INSST de 2024 indica un método para cada tipo de manipulación: los de levantamiento no sirven para empujar o arrastrar.
  2. Las pausas, la frecuencia, la fuerza, la postura y los factores complementarios (guantes poco adecuados, vibraciones, precisión o ritmo de la máquina).
  3. No. Los trabajadores nocturnos no pueden hacer horas extraordinarias.
  4. Clase F: aceites y grasas de cocinar en aparatos de cocina.
  5. Como mínimo, una vez al año, evaluando los resultados.

Fuentes

Ver las fuentes

Normativa revisada el 3 de noviembre de 2026.

  1. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (texto consolidado). Artículos 35.1 y 35.2.a) y anexo I, letra c): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-1853
  2. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (texto consolidado). Artículos 4.7.º, 15.1.d), 16 y 20: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-24292
  3. INSST. Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la manipulación manual de cargas (2024). Presentación, comentario al artículo 4 y apéndice 2 (métodos de evaluación según el tipo de manipulación): https://www.insst.es/documents/94886/203536/Guia+tecnica+para+la+evaluacion+y+prevencion+de+los+riesgos+relativos+a+la+manipulacion+manual+de+cargas+2024.pdf/1a9e4b63-97d2-ef40-6345-38828e39f249
  4. Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre manipulación manual de cargas. Artículo 4 y anexo (factores de riesgo): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-8670
  5. INSST. NTP 452: Evaluación de las condiciones de trabajo: carga postural: https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/13-serie-ntp-numeros-436-a-470-ano-1998/ntp-452-evaluacion-de-las-condiciones-de-trabajo-carga-postural
  6. INSST. NTP 601: Evaluación de las condiciones de trabajo: carga postural. Método REBA (Rapid Entire Body Assessment): https://www.insst.es/documents/94886/7861730/ntp_601.pdf
  7. INSST. NTP 629: Movimientos repetitivos: métodos de evaluación. Método OCRA: actualización (lista de comprobación OCRA, factores A1 a A5): https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/18-serie-ntp-numeros-611-a-645-ano-2003/ntp-629-movimientos-repetitivos-metodos-de-evaluacion-metodo-ocra-actualizacion-2003
  8. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado). Artículos 4.2.e) y 36: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430
  9. INSST. NTP 455: Trabajo a turnos y nocturno: aspectos organizativos: https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/13-serie-ntp-numeros-436-a-470-ano-1998/ntp-455-trabajo-a-turnos-y-nocturno-aspectos-organizativos-1998
  10. INSST. NTP 926: Factores psicosociales: metodología de evaluación (método F-Psico): https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/27-serie-ntp-numeros-926-a-960-ano-2012/nota-tecnica-de-prevencion-ntp-926
  11. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (texto consolidado). Artículo 48: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6115
  12. INSST. NTP 891 y NTP 892: Procedimiento de solución autónoma de los conflictos de violencia laboral (I) y (II): https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/26-serie-ntp-numeros-891-a-925-ano-2011/nota-tecnica-de-prevencion-ntp-891 y https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/26-serie-ntp-numeros-891-a-925-ano-2011/nota-tecnica-de-prevencion-ntp-892
  13. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (texto consolidado). Anexo I, sección 1.ª, apartado 4 (extintores: emplazamiento y clases de fuego), y anexo II, sección 1.ª, tablas I y II (mantenimiento trimestral, anual y quinquenal de los extintores): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-6606
  14. INSST. NTP 536: Extintores de incendio portátiles: utilización (modo de empleo y adecuación de los agentes extintores): https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/15-serie-ntp-numeros-506-a-540-ano-2000/ntp-536-extintores-de-incendio-portatiles-utilizacion
  15. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección (texto consolidado). Artículo 5; apartados 3.1, 3.3, 3.5, 3.6 y 3.7 de la Norma; anexos I y II: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6237
  16. Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. Artículos 3, 12 y 13: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11268

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